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Acuerdo de compensación

La compensación es la devolución de una deuda pendiente con una persona o empresa. Puede ser a través de un abono monetario o de la entrega de un objeto o título financiero que tenga el mismo valor del crédito.

¿Qué es necesario para un acuerdo de compensación?

  • En primer lugar, dos personas tienen que ser recíprocamente deudoras y acreedoras la una de la otra.
  • En segundo lugar, la deuda tiene que ser de dinero o de cosas que sean de la misma especie, calidad y que sean intercambiables.
  • En tercer lugar, es preciso que las deudas se encuentren vencidas y resulten exigibles. Por tanto, una deuda no será vencida y exigible si se trata de un pagaré con vencimiento a 90 días.
  • En cuarto lugar, que sobre ninguna de las deudas haya retención o contienda promovida por terceras personas y notificada oportunamente al deudor. Es decir, la deuda tiene que estar libre de procedimientos judiciales iniciados por terceras personas que impidan utilizar esa deuda.

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